El presente apartado está destinado a todos aquellos pilotos a distancia que dispongan de los certificados teóricos emitidos conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas, y precisen realizar la renovación o revalidación de alguno de los siguientes certificados de piloto a distancia;
- Certificado de conocimientos teóricos en A1/A3 de la categoría “abierta”.
- Certificado de conocimientos teóricos en A2 de la categoría “abierta”.
- Certificado de conocimientos teóricos en STS de la categoría “específica”.
Se recuerda a los pilotos a distancia que los certificados mencionados anteriormente, disponen de una validez de cinco años desde el momento de su emisión. Por lo tanto, aquellos certificados próximos a su caducidad, o aquellos que ya se encuentren caducados, deberán iniciar el procedimiento de revalidación o renovación, según corresponda.
En los siguientes apartados se detalla el procedimiento que cada piloto a distancia deberá proceder a realizar en función del estado de sus certificados y del nivel de la formación teórica que cada piloto disponga y desee mantener en vigor.
IMPORTANTE* Esta información únicamente es válida a la formación descrita en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, no siendo válida la revalidación o renovación de la formación basada en el Real Decreto 1036/2017 o del Real Decreto 517/2024 que no corresponda a la categoría “abierta” y “específica”.
Niveles de certificados de piloto para Revalidar o Renovar
Con el fin de disponer de una fecha de caducidad válida y única a todos los certificados de conocimientos teóricos de piloto a distancia (A1/A3, A2 y STS), se considerará como válida, en cualquier caso, la fecha de caducidad del certificado de conocimientos teóricos de mayor nivel de formación, siendo el A1/A3 el certificado de nivel más bajo, el A2 el de nivel medio, y el certificado STS el de mayor nivel.
En caso de que se disponga de los tres certificados de piloto a distancia, con fechas de caducidad distintas en cada uno de ellos, será la del certificado de piloto a distancia en STS la que dará validez a todos los certificados anteriores, unificando la fecha de caducidad al de nivel superior.
IMPORTANTE* En caso de que el piloto disponga de un certificado de piloto a distancia con fecha de validez próxima a su caducidad, éste solo deberá revalidar la formación de mayor nivel. En caso de que se revaliden los certificados de piloto a distancia de niveles inferiores, se procederá a la revocación de aquellos certificados que posean un nivel superior.
Diferencia entre Revalidación y Renovación
Todos aquellos pilotos a distancia que deseen actualizar la fecha de caducidad de sus certificados teóricos, tanto en categoría “abierta” como en categoría “específica”, deberán comprobar si estos han superado, o no, la fecha de caducidad de los mismos.
Dependiendo del estado de la validez de los certificados teóricos, se distinguen dos procedimientos:
Revalidación de los certificados teóricos de piloto a distancia:
Todos aquellos pilotos a distancia que dispongan de un certificado teórico de piloto emitido por AESA como autoridad competente, cuya fecha de caducidad del certificado no haya sido superada, podrán proceder a solicitar la revalidación de sus certificados de piloto en el plazo de los 3 meses previos a la fecha de caducidad.
Para poder proceder a la Revalidación del certificado teórico, se deberá solicitar únicamente la revalidación del certificado de mayor nivel y, posteriormente, superar una prueba teórica.
El piloto a distancia deberá solicitar y superar la prueba teórica de forma previa a la caducidad del certificado, para poder hacer efectiva la revalidación del mismo. Esta prueba se realizará online de forma totalmente gratuita y será proporcionada por AESA.
Dependiendo del nivel de formación que se desee revalidar, la prueba dispondrá del siguiente número de preguntas;
- 20 preguntas para revalidar el certificado en A1/A3,
- 35 preguntas para revalidar el certificado en A1/A3 y A2,
- 52 preguntar para revalidar el certificado en A1/A3, A2 y STS.
En cualquier caso, el piloto dispondrá de un minuto por pregunta para la realización de la prueba y deberá obtener, al menos, un 75% de las respuestas correctas, disponiendo de un intento para superar la prueba. En caso de no superar la prueba y dentro del plazo de validez del certificado, se podrá realizar una nueva solicitud de matriculación.
Una vez superada la prueba y revalidado el certificado de piloto a distancia, se procederá a emitir un nuevo certificado, manteniendo el número de piloto e incorporando una nueva fecha de caducidad, la cual será de 5 años desde el día siguiente a la fecha de caducidad del certificado que ha sido revalidado.
En caso de que el interesado no supere la prueba teórica antes de la fecha de caducidad de su certificado, este quedará sin validez alguna y deberá proceder a su renovación.
El procedimiento para la solicitud de revalidación de los certificados será publicado próximamente.
Renovación de los certificados teóricos de piloto a distancia:
Aquellos pilotos a distancia que no hayan realizado la revalidación de los certificados teóricos y estos hayan caducado, deberán proceder a realizar una renovación de sus certificados de piloto a distancia.
El procedimiento de renovación con AESA supondrá la necesidad de realizar de nuevo la formación y exámenes de piloto a distancia desde cero. Una vez completada, se emitirá un nuevo certificado con un nuevo número de identificación de piloto a distancia y una fecha de validez de 5 años desde el momento de su nueva emisión.
El procedimiento de inscripción de la formación de pilotos a distancia se detalla en su categoría correspondiente, a través del siguiente enlace.
El siguiente documento proporciona un esquema informativo relativo a los distintos casos en los que el piloto a distancia puede encontrarse, así como los tipos de nivel de formación y diversos ejemplos:
En caso de duda o situaciones especiales relacionadas con la revalidación y la renovación de los certificados teóricos de pilotos a distancia puede dirigir su consulta al buzón de formación (
La empresa emergente china Betavolt presentó recientemente un gran avance tecnológico con su batería atómica en miniatura, la BV100. Estamos haciendo balance de la información clave sobre esta innovación revolucionaria.
Una minicentral nuclear
Piense en el BV100 como si fuera una pequeña máquina potente . En el corazón de esta central eléctrica se encuentra níquel-63 , un tipo especial de níquel. Este elemento radiactivo se desintegra, lo que significa que cambia naturalmente con el tiempo. Este proceso de descomposición libera entonces energía . En lugar de desperdiciar esta energía, el BV100 la aprovecha. De hecho, está diseñado para capturar la energía liberada por la descomposición del níquel-63 y almacenarla para alimentar diversos dispositivos .
Entre las capas de níquel-63, la batería también incorpora láminas de un semiconductor de diamante monocristalino , de tamaño diminuto (sólo diez micras de espesor). Este diseño sofisticado ayuda a optimizar la eficiencia energética de la batería.
¿Para qué aplicaciones?
Con una capacidad de almacenamiento de 3.300 megavatios hora , la BV100 cuenta con una densidad energética que supera en más de diez veces la de las baterías de litio convencionales. Este notable rendimiento promete un suministro de energía constante durante un período excepcionalmente largo. Uno de los aspectos más destacados del BV100 es, sin duda, su capacidad de mantener su producción de electricidad durante unos impresionantes cincuenta años , eliminando así la necesidad de recargas o mantenimiento frecuentes.
Con unas dimensiones de tan solo 15 x 15 x 15 mm, esta batería tiene actualmente una potencia de 100 microvatios y un voltaje de 3 voltios . Por supuesto, esta capacidad todavía no es suficiente para alimentar dispositivos electrónicos comunes como los teléfonos inteligentes. Sin embargo, sí sugiere aplicaciones futuras.
Betavolt sugiere, en particular, que, sujetas a regulaciones, las baterías atómicas podrían ser utilizadas por los consumidores para alimentar dispositivos como teléfonos móviles, proporcionando una alternativa a la recarga frecuente de baterías convencionales.
Una batería “segura”
Betavolt también enfatiza la seguridad del BV100. La batería no genera ninguna radiación externa y está diseñada para no incendiarse ni explotar en respuesta a estímulos. Esta característica abre la puerta también a posibles aplicaciones médicas, como por ejemplo en marcapasos y corazones artificiales.
En cuanto al calendario, es difícil verlo con mucha claridad. Sin embargo, sabemos que el BV100 está actualmente en la fase piloto, con planes concretos para la producción en serie. Betavolt también planea desarrollar baterías más potentes en el futuro, mientras explora el uso de diferentes isótopos radiactivos para diversas aplicaciones
Lo anterior está estrechamente relacionado con los robots humanoides, aquellos que no solo lucen como una persona real, sino que también se comportan y se mueven de forma parecida. Teniendo en cuenta que esta inquietud representa un inconveniente que podría perjudicar más todavía a este ámbito tecnológico en el futuro, los científicos se han puesto manos a la obra para intentar solucionarlo; sin embargo, la cura podría ser peor que la enfermedad…
Un grupo de científicos propone cubrir a los robots con piel viva
Tal y como lo lees: según un estudio publicado en la revista Physical Science por un equipo de científicos de la Universidad de Tokio, Harvard y el Centro Internacional de Neurointeligencia, este mismo grupo de expertos está utilizando células dérmicas humanas cultivadas a partir de tejidos sobrantes de cirugías para crear una capa de piel biológica capaz de adherirse a los robots.
Como hemos dicho antes, esta propuesta nace del interés por ponerle solución al llamado valle inquietante, término con el que se le conoce a aquella sensación de incomodidad que suele generarnos un robot casi humano. Por medio del uso de esta nueva tecnología se pretende otorgarle un aspecto más realista y funcional a los robots, acercándolos más todavía a la apariencia humana.
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El 25 de junio de 2024 entró en vigor el Real Decreto 517/2024 por el que se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS).
Con la actualización de esta normativa, se permite al sector adaptarse a los requisitos establecidos en la norma europea, así como a las necesidades del sector aeronáutico, apostando por la estabilidad y seguridad jurídica para su desarrollo.
Desde la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) queremos informarte sobre las ventajas en el ámbito de la seguridad aérea que trae esta nueva normativa para el usuario.
Las principales novedades incluidas en el nuevo Real Decreto se encuentran en cambios y regulaciones dentro de las operaciones EASA, la creación de una nueva zonificación de UAS, el desarrollo del marco normativo para U-Space, y la aplicación del régimen jurídico a las operaciones No EASA. Recordamos que AESA, en su compromiso con el servicio público a los usuarios, ha actualizado toda la información y contenido del ámbito “UAS/Drones” de nuestra web, para una mayor agilidad y comprensión de la normativa.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en colaboración con la DGAC, organiza el próximo 26 de junio la primera jornada informativa destinada a todos los usuarios interesados en realizar operaciones EASA, con motivo de la reciente publicación en el BOE del nuevo Real Decreto 517/2024 por el que se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS).
El objetivo de la jornada es profundizar en los cambios normativos que trae consigo el nuevo Real Decreto 517/2024 en sus distintos ámbitos, como los relativos a las limitaciones y restricciones en función del lugar de las operaciones, así como las distintas categorías operacionales en las que se opere, las nuevas zonas Geográficas UAS y las modificaciones relativas a las demostraciones aéreas.
Asimismo, se profundizará en los cambios relativos a la formación de pilotos a distancia en categoría específica autorizada, con las nuevas figuras de Instructor, examinador y evaluador y la nueva formación de Radiofonista UAS. El nuevo marco normativo entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) , y tendrá distintos plazos de adaptación a la nueva regulación en diversos ámbitos, como los relativos a la formación de pilotos a distancia o las actividades No EASA, entre otras. Además, se dedicará parte de la sesión para clarificar las dudas de los asistentes y exponer los retos futuros dentro de este ámbito.